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La muerte de In Posterum Cum Gaudio

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De Justiniano podemos decir que su obra considerablemente más significativa y de mayores consecuencias es la codificación, ordenación y división del derecho romano en el “Corpus iuris civilis”. Es la mejor herencia de Roma y para el milenio y medio siguiente el fundamento de todos los libros de leyes, primero en Europa y luego en América, con apariencia de “Código Civil”. Durante este capítulo, se ha estudiado la manumisión, desde Constantino.

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La condición universalista de la Iglesia particular no depende de que acoja indiscriminadamente a cualquier bautizado que esté en su territorio, sino más bien de que pueda dispensar a alguno la plenitud de los medios salvíficos. sin que afecte a la naturaleza de una Iglesia sui iuris. En efecto, el núcleo extremista que identifica una comunidad puede deducirse, desde los cc. 27 y 28 del CCEO, del conjunto de los elementos litúrgicos, teológicos, espirituales y disciplinares, pero no exclusivamente del elemento territorial (p. 367). En las conclusiones de su estudio Loda piensa que no hay un problema de incompatibilidad extremista entre la territorialidad y la personalidad ni siquiera en la actividad misionera de las Iglesias del oriente católico (p. 374). Habrá que escoger en todos y cada caso, entre las diferentes circunscripciones territoriales o personales, de régimen ordinario o de régimen misionero, la que sea mucho más correcta a las pretensiones pastorales y misioneras que se muestren.

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Volumen 14. ARANGUREN (José Luis L.) Confesiones de S. Editorial Bruguera S. A., Barcelona, 1984. AUGUSTINUS HIPPONENSIS. Confessiones . Patrología Latina Database, volumen 32. AUGUSTINUS HIPPONENSIS. De Libero Arbitrio Caput IX. No. 27.

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c) Empujón de un tercero. “De ahí que si alguno causa el daño pues fue empujado por otro, Próculo escribe que no queda obligado ni el que dio el empujón, porque no ha “matado”, ni el que lo recibió por el hecho de que no ha causado el daño por su culpa. [Según esto ha de darse una acción construida según criterios de analogía contra el que empujó]”. Las causas de esclavitud, las únicas que subsisten bajo Justiniano, son la del liberto ingrato y el supuesto de la pretii partecipandi causa. 23 patrimonio del minutus e introduce al acreedor en la posesión de sus elementos .

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De Alejandría procede la Versión de los LXX, de temporada antecristinana, una traducción del viejo testamento al heleno, para los judíos que no vivían en Palestina. B) Clemente de Alejandría. El Pedagogo y Stromata I. Antes de entrar al análisis de los textos que interesan, resulta conveniente hacer algún repaso sobre el ámbito y la temporada de Clemente de Alejandría. Un caso ejemplificador de la legislación justinianea, en donde se puede ver la aplicación del principio favor libertatis es que el hijo de una mujer esclava se consideraba libre en atención a cualquier instante en que la madre podría haber sido libre, sea a lo largo de la concepción, sea en todo el nacimiento esto es en cualquier ocasión. 3) La manumissio sui numis del esclavo.

  • 319 Es el sexto mes del año macedónico que empieza el 22 de febrero.
  • No va a haber interrogatorio sobre los esclavos de la madre en el momento en que el fallecido es un hijo o hija.107 En este caso, estamos enfrente de una discriminación en contra de los descendientes de la madre, puesto que sí se castigaría la situacion de la desaparición de un descendiente del paterfamilias, según se vió (D.XXIX, V,1. 8).

DUPUY (eds.), El Episcopado y la Iglesia universal, trad. esp., Barcelona 1966, pp. 226 y 227; Y.M. CONGAR, Aspects ecclésiologiques, cit., pp. 37 ss., 81 ss. las principales finalidades de las falsificaciones de esta colección43. En este sentido las pseudoisidorianas sostienen que la potestad del metropolitano debe ponerse un límite a su propia iglesia, de modo que para accionar en el territorio de los obispos sufragáneos necesita del permiso o autorización de estos.

Puede verse el pensamiento platónico, en su conjunto, con relación al tema del ciervo en el Libro sexto de Las Leyes (Νόμους), especialmente parágrafos 776, c y 777, b en donde Platón da por supuesta y justificada la condición del ciervo. Platón, si bien admite la esclavitud en la sociedad, según la veía estructurada , reconoce que no es natural y, por ende, no le da cabida en la sociedad ideal (La República 2, 3). En el sentido de restaurar la civitas romana, se dan por contraste, en época de Augusto, leyes muy específicas para levantar la ética conyugal y para combatir contra el celibato y la falta de prole. En ese sentido, las leyes Juliae deadulteriis coercendis, la Lex maritandis ordinibus del año 18 a.

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En ese sentido, Jerónimo de Estridón va a ser en Occidente la figura clave para el nacimiento de la novedosa vida ascética, que prosigue al periodo de tiempo de los mártires,421 quienes llenaron la historia a lo largo de los tres siglos anteriores. Sección II. Progenitores Griegos. A) Juan Crisóstomo. La noche del 27 de enero del 438, las aguas del Bósforo son surcadas por barcas que llevan el cuerpo del difunto Obispo Juan Crisóstomo. Espera la llegada el Emperador Teodosio II, hijo del difunto emperador Arcadio y de Eudoxia. Únicamente llega el ataúd, Teodosio inclina su frente sobre los restos fatales y pide perdón, en nombre de sus progenitores.

Por su lado, el Papa Hormisdas le manda al Emperador Justino una epístola. Esta es parte de la carta “Inter ea quae”, del 26 de marzo de 521, que tiene el tema de la Trinidad. El Concilio II de Constantinopla fue convocado por Justiniano y contiene 14 anatemismos.

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